Mantenemos infinidad de conversaciones privadas a través de los diferentes sistemas de mensajería instantánea (WhatsApp, Telegram, Messenger, etc.), además de los miles de emails que hemos enviado a lo largo de nuestra vida… ¿Somos conscientes de la cantidad de información íntima que dejamos a nuestro paso, no sólo en nuestras redes, sino en las redes de las personas con las que nos comunicamos?
Cuando llegó internet a nuestras vidas, nos pareció magia. Cuando creamos nuestras primeras cuentas de email que nos permitían comunicarnos en la distancia sin tener que escribir a mano, comprar el sello, echar la carta en el buzón, nos entró una necesidad imperiosa de contar nuestra vida a todo aquel amigo que también se hubiera subido al carro de las nuevas tecnologías… y cuando ya aparecieron las redes sociales, el espectro se amplió a los conocidos de la infancia y hasta a la vecina del 5º, con la que casi no cruzas ni media palabra cuando coincides en el ascensor
Todas esas miles y miles de conversaciones se van acumulando en nuestras redes y buzones de correo digital. La mayoría son banales y públicas. Pero seguro que alguna de ellas son tan íntimas que incluso volver a leerlas nos da apuro. En una vida pasa de todo. Los amores, las amistades van evolucionando. Hoy es mi amiga íntima y se lo cuento todo. Mañana la vida nos ha distanciado y ya no tenemos nada que decirnos. Y sin embargo, todas esas confidencias que en su día nos hicimos, se quedan acumuladas en nuestra cuenta de correo o WhatsApp…
Todas esas confidencias que en su día nos hicimos, se quedan acumuladas en nuestra cuenta de correo o WhatsApp
¿Y qué pasa con todo ello si tengo un accidente y muero o si es mi amiga la que tiene la mala fortuna de irse antes de tiempo? ¿Va a enterarse mi pareja, o quien tenga acceso a mis contenidos digitales (o a los de mi amiga si es ella la que fallece) de todas esas confidencias que nos hemos hecho la una a la otra? Sustituyan la palabra amiga por ex pareja, compañero de trabajo, prima, etc.
Bueno, esta es la situación real a la que todos nos enfrentamos, porque todos tenemos una vida digital más o menos intensa, y porque antes o después moriremos y dejaremos de tenerla y de poder controlar qué pasa con esa información.
Así, se nos plantean tres cuestiones fundamentales ¿Quién queremos que tenga acceso y poder de decisión sobre nuestros contenidos digitales? ¿Queremos que ese acceso sea sólo a ciertos contenidos tales como archivos, fotos, vídeos, etc. o también a toda esa correspondencia confidencial? ¿Y qué pasa con la privacidad y los derechos de la otra persona involucrada en esas conversaciones o correspondencia privada?
¿Quién queremos que tenga acceso y poder de decisión sobre nuestros contenidos digitales?
Por ello, es preciso regular qué ha de hacerse con nuestro testamento digital. Así lo han entendido los legisladores, dado que, aprovechando que hay que aprobar cuanto antes la nueva Ley de Protección de Datos han incluido todo un Título X, con 17 derechos digitales, entre los que se encuentra el Derecho al Testamento Digital. Sobre la inclusión de estos derechos digitales en la Ley de Protección de Datos ya escribí un artículo anterior, en el que opinaba que eran lo suficientemente importantes como para tener su propia ley, así que no incidiré sobre ello ahora.